La Cirugía Plástica en México y Tamaulipas avanza con pasos firmes

COFEPRIS aclara que nadie con maestría estética puede operar.
“No es suficiente para que haga las funciones de un Cirujano Plástico”.

Cofepris Cirugía PlásticaLa Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), envió un comunicado a todos los estados en el que hace referencia al acuerdo de la XXIX Reunión Nacional del Sistema Federal Sanitario, que dicta que la Comisión de Operación Sanitaria establece el protocolo de verificación en el tema de médicos que se ostentan como “especialistas en medicina estética”, avalados por una cédula de maestría.

La Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones, indica que las leyes que regulan campos o acción relacionados con alguna rama o especialidad profesional, determinarán cuáles son las actividades profesionales que necesitan título y cédula para su ejercicio.

La Ley General de Salud, en sus artículos 272 bis y 272 bis-1, indica que para poder practicar Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regionales de la cara o el cuerpo, o realizar actos médicos quirúrgicos de especialidad, deben contar con cédula de especialista y certificado vigente de especialista que acredite capacidad y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas correspondientes en la materia, expedido por el Consejo de especialidad, según corresponda.

En artículo 279 establece los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior.

En cualquier establecimiento que ofrezcan servicios de cirugía estética, o se practiquen actos quirúrgicos, el responsable sanitario del establecimiento y el que realice los actos quirúrgicos, deberán acreditar la licenciatura en medicina, la especialidad en cirugía general, y en cirugía plástica y reconstructiva, así como estar certificados por el Consejo de la especialidad según corresponda, en caso contrario, deberá proceder la suspensión total del establecimiento.

En relación con los médicos que solo acreditan título de maestría de cirugía estética, otorgado por el Instituto Superior de Estudios de Medicina o de otra Institución, en virtud de no contar con las habilidades y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas quirúrgicas correspondientes a la cirugia plastica, estetica y reconstructiva, no deben llevar a cabo los procedimientos quirúrgicos, de lo contrario, procederá las suspensión del establecimiento.

Fuente: Heraldo.mx